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NUEVA LEY DE VEHÍCULOS HISTÓRICOS.

Tabla de contenidos

¿Tienes un coche clásico y no sabes si se puede considerar histórico?

¿Quieres saber los beneficios de que un coche sea considerado como histórico?

¿Cuál es el procedimiento y como puedo llevarlo a cabo?

En Gestoriavehículos.com después de 37 años especializados en gestiones con la DGT queremos abordar esta problemática a través de este artículo y dar soluciones.

Con todo ello en este artículo, exploraremos los puntos clave de la nueva normativa, su impacto en el mercado y en los propietarios, y los beneficios que esta modificación traerá tanto a los amantes de los vehículos clásicos como a la industria automovilística.

El pasado 10 de septiembre de 2024, el Gobierno español aprobó una modificación significativa en la normativa relacionada con los vehículos históricos.

Este nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, que entrará en vigor el próximo 1 de Octubre, actualiza una legislación que llevaba más de 30 años sin cambios, adaptándola a las regulaciones europeas y ofreciendo un marco más moderno y equilibrado para la conservación y uso de estos vehículos.

El nuevo Reglamento representa una mejora considerable en los trámites, haciéndolos más ágiles y sencillos.

Además, introduce ventajas adicionales para la circulación de vehículos históricos en la vía pública, lo que convierte el proceso de convertir un coche clásico en histórico en una opción aún más atractiva para los propietarios.

Este cambio simplifica el procedimiento y ofrece mayores incentivos para aprovechar las ventajas de esta clasificación.

La verdad es que en nuestra gestoría gran parte de nuestro clientes estaban esperando este nuevo Reglamento desde hace tiempo, con la esperanza de que se simplificara el procedimiento.

Por eso para ellos tenemos buenas noticias.

La clasificación de un coche clásico como vehículo histórico ofrece múltiples beneficios, tanto fiscales como en el uso del vehículo.

Por esta razón, muchos propietarios deciden iniciar los trámites administrativos necesarios.

Sin embargo, convertir un coche clásico o de colección en un vehículo histórico puede ser un proceso largo y costoso.

Es importante recordar que el Reglamento de Vehículos Históricos vigente hasta la reciente actualización data de 1995, por lo que esta nueva normativa llega para modernizar y agilizar estos procedimientos.

Uno de los primeros aspectos que la nueva regulación define es el concepto de vehículo histórico.

Según la modificación, se consideran vehículos históricos aquellos que cumplen con alguno de los siguientes criterios:

Antigüedad mínima de 30 años.

Para que un vehículo sea considerado histórico, debe haber sido fabricado o matriculado por primera vez hace al menos 30 años y se encuentre en su estado original. (Para ser considerado vehículo histórico no ha podido sufrir ninguna reforma que este afectando a su originalidad del vehículo.)

Pertenencia al patrimonio histórico español.

También se incluyen aquellos vehículos que forman parte del Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español o que han sido declarados de interés cultural por su relevancia histórica.

Interés especial.

La normativa también contempla como históricos los vehículos que hayan pertenecido a personalidades relevantes o que hayan jugado un papel significativo en acontecimientos históricos importantes.

Esta determinación de vehículos históricos en ocasiones produce una gran controversia, debido a las modificaciones que han sufrido los vehículos. Siempre remitimos a nuestros clientes a su estado más original y así evitar complicaciones.

Uno de los aspectos más importantes del nuevo reglamento es la introducción de dos procedimientos diferenciados para la clasificación de vehículos históricos, los cuales tienen como objetivo facilitar el proceso para aquellos vehículos que ya cumplen con los requisitos de conservación y mantenimiento.

Una novedad del reglamento es la eliminación de la fase de catalogación, que se considera innecesaria en este proceso.

1.- Procedimiento Abreviado (Grupo A)

Este procedimiento está dirigido a vehículos que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Tener más de 30 años de antigüedad.
  • Estar matriculados en España.
  • Tener la ITV en vigor.

El propietario, en este Procedimiento Abreviado, solo deberá presentar una declaración responsable que certifique que su vehículo cumple con los requisitos para ser clasificado como histórico, eliminando la necesidad de un informe de un laboratorio oficial.

Sin embargo, es imprescindible que el vehículo tenga la ITV vigente. Además, deberá presentar dicha declaración junto con el pago de la tasa correspondiente ante la DGT, que oscilará entre los 20 y 30 euros para el cambio de clasificación del vehículo. Este proceso simplificado facilita la obtención del estatus de vehículo histórico, haciéndolo más accesible para los propietarios.

2.- Procedimiento Completo (Grupo B)

Para los vehículos que no cumplen con los requisitos del grupo A, se establece un procedimiento completo que es más riguroso a través del Informe Técnico.

El informe que debe presentarse para acreditar que un vehículo es apto para ser clasificado como histórico ya no será elaborado por laboratorios oficiales, sino por los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos, una de las principales novedades del nuevo reglamento.

Este informe es fundamental para acudir a la ITV, donde se expedirá la tarjeta técnica que posteriormente se presentará en la jefatura de la DGT.

Además, estos Servicios Técnicos deberán estar acreditados por la Asociación Nacional de Acreditadores (ENAC), lo que garantiza que su validez sea aplicable en todo el territorio español. A diferencia del sistema anterior, en el que los laboratorios no contaban con acreditación y solo eran válidos en la comunidad autónoma donde operaban, esta nueva medida unifica y simplifica el proceso. En los casos en que sea necesario, los propietarios deberán abonar los costes adicionales tanto del informe como de la ITV. Sin embargo, se espera que estas situaciones sean poco frecuentes.

El nuevo Reglamento también define los periodos de vigencia de las ITV de estos vehículos, según sea su antigüedad.

  • Hasta de 40 años: Cada 2 años
  • De 40 a 45 años: Cada 3 años
  • Igual o más de 45 años: Cada 4 años
  • Motocicletas: Cada 4 años
  • Vehículos con más de 60 años: Exentos
  • Ciclomotores: Exentos

Otra de las modificaciones más notables del reglamento es la exención de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) para vehículos con más de 60 años de antigüedad, así como para ciclomotores considerados históricos, que quedan exentos de la ITV de manera total.

No obstante, los propietarios pueden optar por realizar ITV voluntarias si lo desean, una medida que se ha implementado para asegurar la seguridad y conservación voluntaria de estos vehículos.

La preservación del medioambiente y la minimización del impacto de los vehículos antiguos son dos de los pilares fundamentales de esta nueva legislación.

El reglamento establece que el uso de estos vehículos debe ser ocasional y no se permite que se utilicen como medio de transporte cotidiano. Por ello no estará permitido su uso a más de 96 días al año.

Esta medida busca garantizar que los vehículos históricos, que no cumplen con las normativas modernas de emisiones contaminantes, tengan un impacto medioambiental reducido.

Además del uso ocasional, la normativa introduce algunas prohibiciones claras en cuanto al uso de los vehículos históricos:

  • No podrán ser empleados para transporte público de viajeros ni de mercancías.
  • Se prohíbe su uso en actividades agrícolas o de construcción.

Estas limitaciones garantizan que los vehículos históricos se conserven para fines recreativos, de exhibición o de eventos especiales, en lugar de exponerse al desgaste por un uso diario.

El nuevo reglamento establece que los vehículos históricos estarán exentos de la obligación de portar distintivos ambientales y no se les aplicarán restricciones a la circulación por no llevarlos. Esto significa que dichos vehículos podrán circular en las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE), siempre que su uso no supere los 96 días anuales establecidos por la normativa.

Además, el reglamento insta a los Ayuntamientos a que, dentro de sus competencias para regular la circulación urbana por motivos medioambientales, incorporen en sus ordenanzas fórmulas que permitan la circulación de vehículos históricos que se utilicen de manera esporádica o no habitual. De esta forma, se reconoce la importancia de preservar la movilidad de estos automóviles en las zonas más restringidas de las ciudades.

Además, se establece un límite de velocidad de 80 km/h para aquellos vehículos históricos que no cuenten con cinturones de seguridad en las plazas delanteras. Asimismo, se prohíbe que menores de edad viajen en vehículos históricos que no puedan incorporar sistemas de retención infantil o cinturones de seguridad.

El nuevo reglamento no solo tiene implicaciones en cuanto a la normativa, sino que también se espera que tenga un impacto económico positivo. Con esta nueva regulación, se abre la posibilidad de que más profesionales y empresas se dediquen a la restauración y conservación de vehículos históricos, lo que podría generar empleo y aumentar la demanda en este sector.

Además, la normativa incentivará la compraventa de vehículos históricos, ya que la homologación y clasificación de estos vehículos será más clara y accesible. Este aumento de la actividad en el mercado beneficiará tanto a coleccionistas como a aquellos interesados en la inversión en este tipo de vehículos.

Uno de los objetivos principales de la nueva normativa es la homogeneización de la legislación española con las regulaciones de otros países europeos. La disparidad en las leyes nacionales había favorecido, en algunos casos, que los vehículos históricos españoles fueran trasladados o vendidos a otros países con normativas más favorables.

Con esta nueva ley, España se alinea con las normativas europeas, lo que no solo protegerá el patrimonio automovilístico nacional, sino que también facilitará el comercio transfronterizo de vehículos históricos y su participación en eventos internacionales.

En definitiva, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos marca un antes y un después en la forma en que se gestionan estos automóviles en España. Con un enfoque equilibrado entre la conservación del patrimonio automovilístico y la protección del medioambiente, la normativa ofrece un marco claro y moderno para los propietarios y coleccionistas.

Para quienes poseen o están interesados en adquirir un vehículo histórico, es fundamental estar al tanto de las nuevas obligaciones y beneficios que esta regulación introduce. Desde el procedimiento de clasificación hasta las exenciones de ITV y las limitaciones de uso, este reglamento se adapta a los tiempos modernos mientras preserva el legado automovilístico del pasado.

En este artículo he querido incidir en los aspectos más importantes de está nueva regulación. Estamos seguros que con esta información podrás tener claro todo lo necesario para estos vehículos históricos y su normativa.

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